La Intendencia Departamental de Lavalleja comunicó una resolución por la evolución de la pandemia por COVID-19 en el territorio.
Compartimos el mismo a continuación:
RESOLUCIÓN NÚMERO 3.346/021
VISTO: la situación de la evolución de la pandemia ocasionada por el virus COVID-19.
CONSIDERANDO:
|) que se entiende necesario continuar el camino de reapertura iniciado, paulatina y protocolizadamente.
||) que el Ministerio de Salud Pública ha establecido criterios y protocolos para el reinicio de actividades.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto.
El Intendente Departamental de Lavalleja RESUELVE:
1°.- Adoptar el documento dictado por el Ministerio de Salud Pública denominado “Recomendaciones para el desarrollo de actividades hípicas en el Uruguay en el contexto de pandemia COVID-19.
2°.- Derógase el artículo 9 de la Resolución N° 2.850/021, de 19 de agosto de 2021.
3°.- Habilítese la realización de los remates de carreras de caballos hasta dos horas antes de iniciarse las competencias Deportivas, debiéndose cumplir con el protocolo correspondiente aprobado por el artículo 1°.